Contenido del ajuar

1. Bolso en tela gabardina, con forro interno, para futura mamá con bolsillo externo, interno y lateral. Manija cruzada tipo morral regulable para que sea más cómodo el traslado con él bebe y manija doble corta.

2. Cambiador realizado en tela plástica con ribete.

3. Gorro para recién nacido, ajustable al tamaño de la cabeza, ideal para que el bebé no pierda calor corporal, de composición 100% algodón.

4. Babero de algodón y toalla realizado con doble tela para que sea más absorbente.

5. Babita de algodón doble ideal para la higiene del bebé.

6. Batita de algodón prendida adelante con cinta, para no incomodar al bebé al vestirlo.

7. Medio osito con elástico suave para evitar daños en la piel.

8. Body de algodón con broche en el hombro que otorga mayor practicidad al momento de vestir al recién nacido.

9. Manta de algodón doble con borde reforzado para cubrir al bebé.

10. Neceser realizado en tela plástica transparente para las pertenencias del bebé con ribete a tono con el cambiador.

11. Organizador compuesto por 3 divisiones, ideal para tener de manera ordenada las pertenencias del bebé.

12. Sonajero realizado en toalla, con cascabel en su interior para hacerle más divertidos los días al bebé.

13. Agarra chupete en combinación con el sonajero.

14. Sábana de moisés realizada en tela de batista de bebe, con guarda en tela combinada.

15. Balde organizador, realizado en tela, combinado con los demás componentes del ajuar, muy útil para guardar elementos de uso diario del bebé.

Requisitos

Exclusivo para las/os Asociado/as  de la Mutual desde el 7º mes de embarazo (semana 30) hasta el 1º mes de vida inclusive del bebé.

En caso de convertirse en padres dos socios, será beneficiado uno de ellos.

Para obtener el beneficio del subsidio de nacimiento, deberá presentarse la siguiente documentación:

Para retirar el ajuar:
Puede retirarlo a partir del 7º mes de embarazo (semana 30) hasta el 1º mes de vida inclusive del bebé.

  • Certificado médico de embarazo en curso, con fecha probable de parto o acta de nacimiento debidamente autenticada.
  • Acta de matrimonio o certificado de convivencia (en caso de ser el padre quien lo solicite).

Para cobrar el dinero:
Puede hacerlo hasta el 1º mes de vida inclusive del bebé.

  • Acta de nacimiento debidamente autenticada.

Para mayor información acercarse a la Institución.