Exclusivo para las/os Asociados/as de la Mutual con una antigüedad de más de 365 días.
Es indispensable solicitarlo por escrito a la Asociación Mutual dentro de los 30 días posteriores a la fecha del suceso, contando con un plazo de 45 días posteriores a la fecha de la respectiva resolución del juzgado interviniente para la presentación del acta correspondiente.
En caso de que los padres adoptivos sean dos socios, será beneficiado uno de ellos.
Este subsidio se acreditará en su cuenta, con disponibilidad inmediata de los fondos.
Sera aplicable para menores de 15 (quince) años.